A partir del 3 de agosto de 2026 la versión en papel de la Carta de Identidad dejará de ser válida para el expatrio, independientemente de la fecha de validez señalada en su reverso.
El DL 26/06/2026 n.108 introdujo algunas importantes modificaciones:
- La Carta de Identidad en papel no vencida puede ser utilizada como medio de identificación hacia la Administración Pública italiana y con sujetos que erogan servicios públicos, incluidos los Consulados;
- Las municipalidades italianas en casos de urgencia pueden emitir un documento de identidad provisorio válido para el expatrio, no renovable, y con validez no superior a los 6 meses. El documento podría no ser aceptado en algunos Estados extranjeros: verificar los requisitos de ingreso en Viaggiare Sicuri;
Contactar el Consulado más próximo para conocer las modalidades de entrega de la nueva Carta de Identidad Electrónica: https://www.esteri.it/it/ministero/struttura/laretediplomatica/ . Hay turnos dedicados a quienes están desprovistos de otros documentos.
Para los ciudadanos italianos residentes en el exterior (AIRE) desde el 1° de junio es posible solicitar la CIE incluso en cada Comuna italiana, como especificado por la Ley del 19 de enero de 2026, n.11. ¡Recuerda llevar tu Código Fiscal!