Informaciones generales
La Oficina Notarial, brinda sus servicios únicamente a los ciudadanos italianos residentes, de modo permanente o temporal, en la circunscripción consular de Lomas de Zamora.
En el caso de ciudadanos italianos en tránsito, la Oficina examinará caso por caso la efectiva necesidad y urgencia del servicio solicitado.Los usuarios que no posean ciudadanía italiana deberán dirigirse a un Escribano local (ver Legalización de documentos).
Informativa sul trattamento dei dati personali disponibile al link https://www.esteri.it/it/sportello_info/informativa-sul-trattamento-dei-dati-personali/
Turnos para poderes, legalizaciones y pensiones
Se atiende al público sin turno previo de lunes a viernes desde las 9:00 horas hasta las 12:00.PagoLa modalidad de pago será comunicada al solicitante del servicio por la Oficina competente.Mail: notarile.lomas@esteri.ir (poderes y legalizaciones incluso para la oficina de estudios)
Actas notariales
Se trata de documentos redactados en italiano para los cuales se requiere el conocimiento del idioma y la presencia física del declarante, provisto de un documento de identidad, en las oficinas de la Agencia Consular.
Debido a la complejidad que conlleva la preparación de la documentación, se recomienda consultar antes con un abogado o escribano que recibirá en Italia el documento firmado previamente en la Oficina Consular para obtener indicaciones generales sobre los posibles contenidos específicos que el documento debe incluir y, si es necesario, solicitar un borrador del contenido.
Los datos que deben proporcionarse son los siguientes:
- mandante (quien otorga el mandato/poder): apellido y nombre, lugar y fecha de nacimiento, lugar de residencia (ciudad, calle/plaza, número), código fiscal italiano;
- mandatario (quien recibe el mandato/poder): apellido y nombre, lugar y fecha de nacimiento, lugar de residencia (ciudad, calle/plaza, número), código fiscal italiano;
- objeto del acta.
Las actas notariales pueden tener como objeto:
- poder general – (poder que debe utilizarse con extrema precaución debido a los amplios poderes que otorga al apoderado): mandante + mandatario + 2 testigos con documentos de identidad válidos;
- poder especial – debe especificarse si se trata de:
- litigios: mandante + mandatario (si es un abogado, proporcionar también la dirección del estudio legal) + datos completos o detalles de la persona o empresa contra la cual se tomarán acciones legales;
- compra o venta de bienes inmuebles: mandante + mandatario + descripción del inmueble (ubicación-composición) preferiblemente con detalles catastrales;
- compra o venta de vehículos/motocicletas: mandante + mandatario + descripción del vehículo/motocicleta (marca, modelo, matrícula);
- compra/venta/disolución de sociedades: mandante + mandatario + descripción de la sociedad;
- procedimientos de sucesión y/o actos de aceptación/renuncia de herencias: mandante + mandatario + bien objeto de la herencia + datos completos del «de cujus» (fallecido), incluyendo lugar y fecha de nacimiento y defunción, + 2 testigos con documentos de identidad válidos;
- donación/aceptación de donación: mandante + mandatario + beneficiario de la donación + descripción detallada de los bienes objeto de la donación + 2 testigos con documentos de identidad válidos.
Testamentos – Autenticaciones – Autocertificaciones – Certificados
Testamentos
- el testamento público es la declaración oral de la voluntad del testador realizada ante el funcionario consular delegado para funciones notariales en presencia de dos testigos;
- el testamento secreto, cuyo contenido se mantiene en secreto, puede ser depositado en la Agencia Consular, que simplemente se encarga de recibir formalmente el acto y archivarlo;
- el testamento ológrafo debe ser escrito íntegramente de puño y letra por el testador y puede ser depositado en cualquier lugar, incluida la Agencia Consulad, y ante cualquier persona.
Autenticaciones
- autenticación de firma – consiste en la certificación por parte del funcionario público de la firma realizada en su presencia. Para proceder a la autenticación de la firma, es necesario presentarse personalmente en la Oficina Notarial con un documento de identificación válido;
- autenticación de fotografía – es necesario presentarse en la Oficina Notarial con tres fotografías iguales y un documento de identificación válido.
Autocertificación
Es una declaración que la persona interesada redacta y firma en su propio interés sobre su estado, hechos y cualidades personales, y que se utiliza ante la Administración Pública y los proveedores de servicios públicos. En las relaciones con sujetos privados, el uso de la autocertificación queda a discreción de dichos sujetos.
*El 1 de enero de 2012, entraron en vigor las nuevas disposiciones sobre certificados y declaraciones juradas, según el artículo 15 de la ley del 12 de noviembre de 2011, n. 183. A partir de esa fecha, los certificados tendrán validez solo en las relaciones entre particulares, mientras que las Administraciones Públicas ya no podrán solicitar o aceptar certificados, que deberán ser siempre sustituidos por autocertificaciones.
Las normas sobre autocertificación se aplican a los ciudadanos italianos y de la Unión Europea, así como a los ciudadanos extracomunitarios que residan legalmente en Italia, limitadamente a los datos que puedan ser verificados o certificados en Italia por entidades públicas.
En caso de que se detecten declaraciones falsas, la falsedad en los documentos y el uso de documentos falsos están penados según el Código Penal y las leyes especiales aplicables (artículo 76 del Decreto Presidencial 445/2000). Además, el declarante perderá los beneficios obtenidos mediante medidas basadas en declaraciones no veraces.
Certificados varios (excluyendo el certificado de ciudadanía)
- certificado de la misma persona – el interesado deberá presentar el original y una copia de la documentación que demuestre la discrepancia (por ejemplo, certificado de nacimiento, documento argentino, pasaporte, etc.). El certificado se emitirá en base a la información contenida en los documentos presentados.
Repatriación de restos y cenizas en Italia
El solicitante, o un apoderado, deberá presentarse, sin turno previo, en la Oficina Notarial para llevar a cabo los trámites relacionados con el traslado de cenizas/restos a Italia.
Documentación
- dos actas de defunción originales, una de ellas con «Apostilla de La Haya» emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores o el Colegio de Escribanos, ambas con su correspondiente traducción al italiano (si es necesario encontrar un traductor, consulte el siguiente sitio web: www.traductores.org.ar) + una copia;
- autorización para la sepultura de los restos mortales/cenizas emitida por el municipio competente;
- (en caso de cenizas) certificado de cremación (sin traducción);
- (en caso de restos) certificado médico (sin traducción) que indique que el fallecimiento no fue causado por una enfermedad infectocontagiosa. La firma del médico deberá estar legalizada por el «Ministerio de Salud». En caso de fallecimiento reciente (24/48 horas), también se requiere el «Certificado de Tanatopraxia» emitido por la empresa funeraria, que indique que el cuerpo ha sido tratado según las normas internacionales vigentes en la actualidad. Pasadas 48 horas desde el fallecimiento, el certificado emitido por el médico también deberá indicar que los restos mortales han sido sometidos a un tratamiento antiputrefacción mediante la introducción de al menos 500 ml de formalina en las cavidades corporales, después de haber transcurrido el período de observación correspondiente;
- indicar la aerolínea, vuelo, fecha de llegada a Italia y punto de entrada en la frontera.
*La Oficina de competencia comunicará las instrucciones para la entrega de las cenizas/restos.
Una vez presentada la documentación mencionada anteriormente, el Consulado solicitará al municipio el permiso para el ingreso de las cenizas/restos mortales. Luego, se procederá a colocar los sellos correspondientes y entregar el pasaporte mortuorio junto con el acta de defunción legalizada.
Informaciones Útiles
A continuación se brindan indicaciones relativas a gestiones a efectuar ante las competentes autoridades argentinas sin la necesidad de tener que presentarse en la Agencia Consular
1. TRANSPORTE ANIMALES DE COMPAÑÍA
Será necesario dirigirse al “Lazareto” de Buenos Aires el cual expedirá la documentación que se requiere.
Dirección: Elvira Rawson de Dellepiane (ex Brasil) y José Balbin – Dársena Sur – Puerto de Buenos Aires.
Horario: de lunes a viernes desde las 10:30 hs. hasta las 15:30 hs.
Tel 4362 – 5755 / 4361- 4632.
Mail: lazareto@senasa.gov.ar
Entrar al sitio www.senasa.gov.ar y acceder al link «requisito para viajar con mascotas al exterior» donde se brindan informaciones actualizadas sobre la documentación y los requisitos necesarios según el país de destino.
Se aconseja de revisar con debida anticipación las informaciones antes detalladas.
2. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PARA PRESENTAR ANTE LAS AUTORIDADES LOCALES
El certificado de antecedentes penales es uno de los documentos fundamentales que deberán presentarse ante las autoridades locales para solicitar la residencia en territorio argentino.
La única autoridad que puede emitir dicho certificado es el Ministero della Giustizia italiano.
Las personas que deban presentar este documento ante una autoridad argentina, deben indefectiblemente solicitar el certificado de antecedes penales (casellario giudiziario) a la Procura della Repubblica de la provincia de ultima residencia en Italia o de inscripción AIRE (en caso de connacionales no residentes en Italia y provenientes de otra jurisdicción consular fuera de la Argentina).
A fin de que dicho certificado sea válido en el exterior debe estar legalizado con Apostilla de La Haya que la realiza la misma Procura della Repubblica.
http://www.giustizia.it/giustizia/it/mg_3_3_2.wp
3. APOSTILLAS EN ACTAS ENTREGADAS EN ITALIA
Las actas emitidas en Italia (actas de estado civil, poderes, sentencias, antecedentes penales), para tener valor en Argentina, deben estar apostilladas en Italia por la Prefettura o la Procura della Repubblica competente del lugar donde fueron emitidas. No es posible realizar dicha legalización en la Agencia Consular.
IMPORTANTE: en ningún caso la Agencia Consular puede reemplazar las autoridades competentes a la emisión del certificado de antecedentes, ni a la legalización con APOSTILLA DE LA HAYA.